Recepción definitiva de Obra Menor Ampliación de Vivienda Social y Otras

Descripción

Terminada una obra o parte de la misma que pueda habilitarse independientemente, el propietario o el supervisor, en su caso, solicitarán su recepción definitiva a la Dirección de Obras Municipales, los que se tramitarán en conformidad a lo dispuesto en el inciso final del artículo 5.2.6. de la OGUC.

¿A quién va dirigido?

Ciudadanos / Empresas o emprendedores

Requisitos

  1. Informe del Arquitecto que certifique que las obras se han ejecutado conforme al permiso aprobado, incluidas sus modificaciones (según inciso segundo Art. 144 LGUC).
  2. Informe del Revisor independiente, si lo hubiere, que certifique que las obras se han ejecutado conforme al permiso aprobado, incluidas sus modificaciones (según inciso segundo Art. 144 LGUC).
  3. Declaración jurada simple del constructor a cargo de la obra, afirmando que las medidas de gestión y de control de calidad fueron aplicadas (según inciso tercero Art. 143 de la LGUC).
  4. Libro de obras.
  5. Copia del Plan de evacuación ingresado al cuerpo de bomberos respectivo (según inciso tercero Art. 144 LGUC).
  6. Informe favorable del proyectista de telecomunicaciones y Registro de las mediciones de los puntos de la RIT, si corresponde.
  7. Resolución de calificación ambiental favorable del proyecto, cuando proceda según Art. 25 bis de la Ley 19.300.
  8. Fotocopia patente municipal al día del Arquitecto y demás profesionales que concurren con informes o nuevos antecedentes.
  9. Certificado de inscripción vigente del Revisor Independiente, cuando proceda.
  10. Documentos actualizados, cuando corresponda según inciso cuarto Art. 5.2.6. de la OGUC
  11. Documentos modificados del proyecto de cálculo estructural, cuando corresponda según inciso cuarto Art. 5.2.6. de la OGUC
  12. Comprobante Total de Derechos Municipales en caso de haber convenio de pago.
  13. Certificado de dotación de agua potable y alcantarillado emitido por la empresa de servicios sanitarios o por la autoridad sanitaria, según corresponda.
  14. Documentos a que se refieren los Art. 5.9.2. y 5.9.3. de la OGUC de instalaciones eléctricas interiores e instalaciones interiores de gas, cuando proceda.
  15. Declaración de instalaciones eléctricas de calefacción, central de agua caliente y aire acondicionado, emitida por el instalador, cuando proceda.
  16. Certificado de ensaye de los hormigones y otros materiales empleados en la obra, según proceda.
  17. Certificado que señale la reposición de los pavimentos y obras de ornato existentes con anterioridad al otorgamiento del permiso, en el espacio público que enfrenta al predio.

¿Dónde se realiza manera online?

https://www.temuco.cl/tramites-online/dom-digital/

Nota: Solo consultas y retiro en Arturo Prat 892

Costos

No requiere pago de derechos.

Preguntas y Respuestas Frecuentes

Arquitecto / Constructor y Revisor Independiente de Arquitectura según corresponda.

Si o la parte a recepcionar debe poder habilitarse de forma independiente.

  • Código del Trámite

    OBR41

  • Dirección

    Obras Municipales

  • Departamento

    Edificación

  • Unidad / Sección / Programa

    Permisos y Recepciones

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