Regularización Edificación Antigua, de cualquier destino, Construida antes del 31.07.1959

Descripción

Regularizar edificaciones destinadas a cualquier uso que hayan sido construidas con anterioridad al 31 de julio de 1959.

¿A quién va dirigido?

Ciudadanos / Empresas o emprendedores.

Requisitos

  1. Solicitud firmada por el propietario y el arquitecto y, declaración simple del propietario manifestando ser titular del dominio del predio, ambos aspectos contenidos en el Formulario Único Nacional respectivo.
  2. Fotocopia del Certificado de Informaciones Previas.
  3. Informe del arquitecto que suscribe el proyecto, que certifique la forma en que la edificación cumple con las normas señaladas en este numeral, según corresponda. Para efectos del cumplimiento de las normas de estabilidad, podrá adjuntarse un informe complementario de un profesional competente.
  4. Croquis de emplazamiento, a escala, en que se grafique la edificación existente y la ampliación.
  5. Plano a escala 1:50, en que se grafique planta general y elevaciones con las cotas mínimas indispensables, que permitan definir los aspectos formales, dimensionales y funcionales de la edificación con individualización de los recintos y cuadro de superficies.
  6. Especificaciones técnicas resumidas, señalando las partidas más relevantes de la obra.
  7. Formulario único de estadísticas de edificación.
  8. Certificado de dotación de servicios sanitarios, instalaciones eléctricas interiores y de gas, cuando proceda.
  9. Declaración de instalaciones eléctricas de ascensores y montacargas inscrita por el instalador autorizado en la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la cual registrará la inscripción y certificado del fabricante o instalador de ascensores indicando que la instalación está conforme a las normas vigentes, dirigido a la Dirección de Obras Municipales respectiva, cuando proceda.
  10. Documentación que demuestre la data de la construcción, pudiendo corresponder a medios de prueba gráficos o escritos, tales como planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones, catastros municipales o de otros organismos públicos o informe realizado por una empresa u organismo certificador que acredite la antigüedad de la construcción.

¿Dónde se realiza manera online?

https://www.temuco.cl/tramites-online/dom-digital/

Nota: Solo consultas y retiro en Arturo Prat 892

Costos

1,5 % del presupuesto por tabla MINVU (Art. 130° pto. 2 de la LGUC y Art. 5.1.4. Pto. 2.A. de la OGUC)

Preguntas y Respuestas Frecuentes

Si

15 días

  • Código del Trámite

    OBR21

  • Dirección

    Obras Municipales

  • Departamento

    Edificación

  • Unidad / Sección / Programa

    Permisos y Recepciones

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