Regularización (Permiso y Recepción Definitiva) Vivienda cuyos recintos habitables Incluidos baño y cocina no excedan de 140 M2, de hasta 2.000 UF acogida al Título I de la Ley N° 20.898

Descripción

Los propietarios de viviendas que no cuenten con recepción definitiva, total o parcial, emplazadas en áreas urbanas o rurales, podrán obtener los permisos de edificación y de recepción definitiva.

¿A quién va dirigido?

Ciudadanos / Empresas o emprendedores

Requisitos

  1. Listado de documentos y planos numerados
  2. Certificado de avalúo otorgado por el servicio de Impuestos internos
  3. Formulario único de Estadísticas de Edificación (INE)
  4. Patente del profesional que suscribe
  5. Antecedentes anexos a informe del profesional competente que permitan corroborar que la vivienda existía antes de 04/02/2016, ejemplo; planos aprobados, cuentas de servicios, certificados de contribuciones de bienes raíces, catastro municipal etc.
  6. Acuerdo asamblea copropietarios en conformidad a lo dispuesto en ley 19.537, si procede
  7. Especificaciones técnicas resumidas suscritas por un arquitecto o profesional competente
  8. Croquis de ubicación y un plano de emplazamiento a escala 1:500 suscrito por un arquitecto o profesional competente.
  9. Planos escala 1:50 que grafique todas las plantas, la elevación principal y un corte representativo, señalando las medidas y superficie de la vivienda existente, y un cuadro de superficie total construida y superficie de terreno, suscritos por un arquitecto o profesional competente.
  10. Informe del arquitecto o de un Profesional Competente que certifique que la vivienda cumple con las normas de habitabilidad, seguridad, estabilidad e instalaciones interiores señaladas en el número 6), y que no se emplaza en los terrenos a que se refiere el número 2) del artículo 1° de la ley 20.898.
  11. Proyecto de cálculo estructural, si procede.

¿Dónde se realiza manera online?

https://www.temuco.cl/tramites-online/dom-digital/

Nota: Solo consultas y retiro en Arturo Prat 892

Costos

1,5% del presupuesto por tabla MINVU (Art. 130° pto. 2 de la LGUC)

Preguntas y Respuestas Frecuentes

Concluye el 04 de febrero de 2023.

90 días hábiles.

  • Código del Trámite

    OBR34

  • Dirección

    Obras Municipales

  • Departamento

    Edificación

  • Unidad / Sección / Programa

    Permisos y Recepciones

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