Código del Trámite
DID76
A organizaciones sin fines de lucro, de carácter público o privado, que desarrollen proyectos comunitarios, sociales, culturales, deportivos, ambientales, de seguridad comunitaria u otros ámbitos relacionados con las funciones de la Municipalidad de Temuco, y que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de Subvenciones Municipales Directas vigentes.
Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Temuco, Arturo Prat N°650, 3° piso, Temuco.
Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 45 297 3483
Atención presencial: Departamento de Subvenciones y Fondos Concursables, Francisco Bilbao N°875, 2° piso, Temuco.
Este trámite no tiene costo.
¿Quiénes pueden postular a una Subvención Municipal Directa?
Pueden postular organizaciones sin fines de lucro, de carácter público o privado, que cuenten con personalidad jurídica vigente, estén inscritas en el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades (Ley N°19.862) y cumplan con los requisitos establecidos en las Bases vigentes.
¿El proyecto debe estar relacionado con los objetivos de la organización?
Sí. El proyecto debe ser coherente con los fines y objetivos establecidos en los estatutos de la organización. Si no guarda relación, la postulación puede ser declarada inadmisible o no recomendada técnicamente.
¿Qué se entiende por pertinencia del proyecto?
Que responda a una necesidad real de la comunidad, sea coherente con las funciones municipales, esté alineado con los objetivos de la organización y tenga un propósito claro más allá de la sola compra de bienes.
¿En qué período y dónde se puede postular?
Las postulaciones se reciben durante el período ordinario entre los meses de enero y agosto de cada año, ingresándose por Oficina de Partes en los plazos y lugares que el Municipio informe oficialmente.
¿La directiva debe estar vigente al momento de postular?
Sí. Debe mantenerse vigente durante la ejecución del proyecto y hasta la aprobación total de la rendición de cuentas.
¿Qué ocurre si falta documentación al momento de postular?
Se otorgará un plazo de 5 días hábiles para subsanar. De no hacerlo, la postulación será declarada inadmisible.
¿Qué pasa si la organización tiene rendiciones pendientes?
No podrá postular hasta regularizar completamente su situación.
¿Las actividades financiadas pueden tener costo para los participantes?
No. Todas las actividades deben ser gratuitas y no generar lucro.
¿Dónde puedo recibir orientación antes de postular?
A través del Departamento de Subvenciones y Fondos Concursables, por correo, teléfono o atención presencial.
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