Solicitud Subvención Municipal Directa

Descripción

Proceso mediante el cual la Ilustre Municipalidad de Temuco entrega recursos municipales, de forma gratuita y sujetos a disponibilidad presupuestaria, a organizaciones sin fines de lucro que colaboran con las funciones municipales, con el objetivo de financiar proyectos de interés social, comunitario o público, ejecutados en la comuna de Temuco y/o en beneficio directo de sus habitantes.
Las subvenciones municipales directas se rigen por las Bases vigentes, el Reglamento Municipal correspondiente y la normativa legal aplicable.

¿A quién va dirigido?

A organizaciones sin fines de lucro, de carácter público o privado, que desarrollen proyectos comunitarios, sociales, culturales, deportivos, ambientales, de seguridad comunitaria u otros ámbitos relacionados con las funciones de la Municipalidad de Temuco, y que cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de Subvenciones Municipales Directas vigentes.

Requisitos

Las organizaciones que postulen deben cumplir todos los siguientes requisitos:

¿Dónde se realiza de manera presencial?

Oficina de Partes de la Ilustre Municipalidad de Temuco, Arturo Prat N°650, 3° piso, Temuco.

¿Dónde puedo realizar consultas?

Correo electrónico: [email protected]
Teléfono: 45 297 3483
Atención presencial: Departamento de Subvenciones y Fondos Concursables, Francisco Bilbao N°875, 2° piso, Temuco.

Costos

Este trámite no tiene costo.

Preguntas y Respuestas Frecuentes

Pueden postular organizaciones sin fines de lucro, de carácter público o privado, que cuenten con personalidad jurídica vigente, estén inscritas en el Registro Central de Colaboradores del Estado y Municipalidades (Ley N°19.862) y cumplan con los requisitos establecidos en las Bases vigentes.

Sí. El proyecto debe ser coherente con los fines y objetivos establecidos en los estatutos de la organización. Si no guarda relación, la postulación puede ser declarada inadmisible o no recomendada técnicamente.

Que responda a una necesidad real de la comunidad, sea coherente con las funciones municipales, esté alineado con los objetivos de la organización y tenga un propósito claro más allá de la sola compra de bienes.

Las postulaciones se reciben durante el período ordinario entre los meses de enero y agosto de cada año, ingresándose por Oficina de Partes en los plazos y lugares que el Municipio informe oficialmente.

Sí. Debe mantenerse vigente durante la ejecución del proyecto y hasta la aprobación total de la rendición de cuentas.

Se otorgará un plazo de 5 días hábiles para subsanar. De no hacerlo, la postulación será declarada inadmisible.

No podrá postular hasta regularizar completamente su situación.

No. Todas las actividades deben ser gratuitas y no generar lucro.

A través del Departamento de Subvenciones y Fondos Concursables, por correo, teléfono o atención presencial.

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